¿Qué son los bienes?
Si nos enfocamos en lo dispuesto en el Código Civil Venezolano (C.C.V.) en su Art. 525 indica que los bienes son todas aquellas cosas que pueden ser objeto de propiedad pública o privada pudiendo denominarse bienes muebles o bienes inmuebles. Es decir, que un bien es todo objeto material e inmaterial susceptible a la apropiación humana cuya clasificación va a depender de su naturaleza.
Se clasifican en bienes muebles que son aquellos que pueden trasladarse con facilidad de un lugar a otro bien sea por sus propios medios o por una fuerza interna o externa, sin que en estos cambien sus características esenciales o su integridad, así como aquellas partes sólidas o fluidas que se encuentran separadas del suelo o materiales reunidos para la construcción mientras que no estén en uso; por otro lado, los bienes inmuebles son aquellos que se encuentran arraigados al suelo, por eso, también se les denomina como bienes raíces, los cuáles deben estar inscritos en el Registro de la Propiedad.
A su vez, los bienes inmuebles pueden ser corpóreos o materiales, los cuales como lo indica su nombre poseen materialidad, es decir, pueden ser medidos y percibidos por medio de los sentidos y que también se pueden clasificar según su naturaleza, su uso o función o por su destino; o incorporales que son aquellos derechos y acciones que recaen sobre los bienes inmuebles como la servidumbre, hipotecas o derechos de propiedad.
Es importante tomar en cuenta que esta clasificación es respecto al Código Civil, ya que, entre las diferentes ramas del derecho pueden variar las consideraciones de bienes muebles e inmuebles.


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